En un estado de derecho democrático la policía es el único organismo público que se
encuentra facultado, en circunstancias excepcionales, para requerir coactivamente de
los ciudadanos una determinada conducta, mediante la aplicación inmediata, si fuere
necesario, de un amplio rango de fuerza que se extiende desde la mera presencia -con la
presión psicológica que ésta implica- hasta la fuerza física propiamente tal, en sus diversos
grados, cuya cúspide se encuentra representada por la fuerza letal.
Por tal razón, se ha señalado que “el uso de la fuerza física es el rasgo más destacado de
la actividad policial” y ha sido definida como “la función de la que aparecen investidos
ciertos miembros de un grupo para, en nombre de la colectividad, prevenir y reprimir la
violación de ciertas reglas que rigen el grupo, si es necesario mediante intervenciones
coercitivas que aluden al uso de la fuerza” (González Calleja, 2006:17).
Considerando que una acción de fuerza por lo general significa, a lo menos, la restricción
temporal o suspensión del ejercicio de algún derecho ciudadano, puede apreciarse en
toda su dimensión su carácter extraordinario, toda vez que la policía puede recurrir a ella
sin que haya mediado la intervención previa de un órgano de carácter jurisdiccional o
administrativo. Así, el uso que la policía puede hacer de la fuerza se ampara en una base
jurídica, cual es la fuerza coercitiva del derecho (prevención general), en tanto la policía
es el órgano administrativo encargado de hacer cumplir, incluso de manera compulsiva,
la normativa vigente. De allí resulta fácil comprender la sinonimia, tan propia del léxico
común, cuando se habla de fuerza pública para aludir, de manera genérica, a algún
cuerpo de policía.
Dado que el empleo de la fuerza psicológica, también llamada “fuerza no física” (Varenik,
2005: 154), no suele afectar directamente la integridad corporal de quien la sufre, la
discusión entonces, en lo que a la policía concierne, estriba en el adecuado uso de la fuerza
física. La resolución de este dilema no es menor y al respecto existe una amplia gama
de experiencias, desde aquellas que cuentan con una posición teórica de respaldo hasta
aquellas que, en la práctica, se resuelven -más mal que bien- a través de la experiencia que
los agentes pueden adquirir en el ejercicio cotidiano de sus funciones.
A partir de estas consideraciones, el presente trabajo resume y pretende aportar algunos
elementos a la discusión teórica que existe sobre el empleo de la fuerza por parte de
las policías. Consecuentemente a ello, se revisan algunas experiencias que han tratado
el tema y han intentado sistematizar procedimientos para su mejor abordaje. Por último,
se desprenden de lo anterior algunas conclusiones que buscan ilustrar los principales
desafíos existentes para una adecuada regulación del uso de la fuerza.
|